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ESTATUTOS DE EL CLUB AVENTURA 4X4 DE GUATEMALA

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ESTATUTOS DE EL CLUB AVENTURA 4X4 DE GUATEMALA

Notapor ADRIAN.ZAMORA » 28 Dic 2012, 09:22

YA QUE ESTAMOS POR INICIAR UNA NUEVA ERA DEL 4X4, :lol: PONGO A DISPOSICION PARTE DE LOS ESTATUTOS DE EL CLUB. Mas adelante los posteare completamente.



En la Ciudad de Guatemala, departamento de Guatemala, el Veintinueve de marzo del año dos mi siete. Ante Mi: LISANDRO AMILCAR FORONDA PINEDA, Notario, comparecen las siguientes personas: JOSE ADRIAN ZAMORA MORA, de treinta y cinco años de edad, casado, guatemalteco, comerciante, de este domicilio, se identifica con la cedula de vecindad con números de orden A guion uno (A-1) y de registro ochocientos treinta y ocho mil ochocientos tres (838803) extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, departamento de Guatemala; SERGIO ZAMORA MORA, de treinta y dos años de edad, casado, guatemalteco, comerciante, de este domicilio, se identifica con la cedula de vecindad con numeros de orden A guion uno (A-1) y de registro ochocientos ochenta y tres mil cuatrocientos once (883,411) extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, departamento de Guatemala; ALFREDO RENE ROLDAN MANZO, de cincuenta y seis años de edad, soltero, guatemalteco, Vulcanologo, de este domicilio, se identifica con la cedula de vecindad con numeros de orden A guion uno (A-1) de registro trescientos noventa y cinco mil doscientos veintitrés (395223) extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, departamento de Guatemala; FREDDY ARNOLDO MUÑOZ MORAN, de cuarenta y siete años de edad, casado, guatemalteco, Contador Publico y Auditor, de este domicilio, se identifica con la cedula de vecindad con números de orden A guion (A-1) y de registro quinientos noventa y un mil setecientos sesenta y seis (591766), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, departamento de Guatemala; RICHARD JAMES SKAGGS MONTES, de sesenta siete años de edad, casado, comerciante, estadounidense, de este domicilio, se identifica con la cedula de vecindad con números de orden A guion uno (A-1) y de registro seiscientos treinta y dos mil novecientos cincuenta y ocho (632958) extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, departamento de Guatemala; BYRON ENRIQUE SANCHEZ CAMPOS, de cuarenta y dos años de edad, soltero, guatemalteco, Comerciante, de este domicilio, se identifica con la cedula de vecindad con números de orden A guion uno (A-1) y de registro ochocientos trece mil setecientos treinta y nueve (813739), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, departamento de Guatemala; CARLOS ESTUARDO MIRANDA PEREZ, de veinticinco años de edad, casado, guatemalteco, comerciante, de este domicilio, se identifica con la cedula de vecindad con números de orden C guion tres (C-3) y de registro cuarenta mil seiscientos veintiuno (40,621), extendida por el Alcalde Municipal de Tecpan Guatemala, departamento de Chimaltenango; JUAN PABLO MARROQUIN ARELLANO, de treinta y dos años de edad, casado, guatemalteco, comerciante, de este domicilio, se identifica con la cedula de vecindad con números de orden D guion cuatro (D-4) y de registro trece mil veintinueve (13029), extendida por el Alcalde Municipal de El Jicaro, departamento de El Progreso, … por continuar.




…“ESTATUTOS. CAPITULO PRIMERO. DE LA ASOCIACION. ARTICULO UNO. Denominacion. La Asociacion se denominara “CLUB AVENTURA 4X4 DE GUATEMALA”, que podrá abreviarse “CLUB AVENTURA 4X4”, y que en el transcurso de los presentes estatutos se denominaran simplemente como “El Club”. ARTICULO DOS. Naturaleza: El Club es una Asociacion Civil de carácter gremial, no lucrativa, no religiosa, ni racial, sin fines políticos o partidistas. ARTICULO TRES. Objeto: El objeto fundamental de El Club es agrupar a todas aquellas personas interesadas en los vehículos automotores denominados “cuatro por cuatro (4x4)” o “todo terreno”, promoviendo el desarrollo de actividades de tipo gremial, academicas, turísticas, sociales y deportivas relacionadas con este tema, en forma ordenada y reglamentada. ARTICULO CUATRO. Domicilio: El domicilio de El Club se establece en el Departamento de Guatemala y su sede en la diecinueve avenida “B” diecinueve guion diecisiete de la zona diez, Ciudad de Guatemala, departamento de Guatemala. ARTICULO CINCO. PLAZO: El Club se constituye a plazo indefinido. ARTICULO SEIS. Fines: Los fines de El Club son: a)Promover e incrementar el nivel de los deportes automovilisticos del cuatro por cuatro (4x4); b) Ser el Organo de representación legal de los asociados ante organismos nacionales e internacionales; c) Administrar los fondos provenientes de sus asociados y de entidades nacionales e internacionales que se reciban, con el objeto de llevar a cabo la prestación de servicios o asistencia técnica requerida por el fin primordial de El Club y de sus miembros en cumplimiento del mismo; d) Promover el fomento de la solidaridad entre sus miembros así como el desarrollo integral de sus asociados en los aspectos relacionados con los fines de la Asociación; e) Gestionar y conceder servicios y asesoramiento tecnicos que faciliten las actividades de los asociados dentro del marco de los fines de El Club, asi como servicios de aprovisionamiento y distribución de repuestos, equipo, herramienta y literatura relacionada con los vehiculos de doble traccion; f) Diseñar y ejecutar planes y programas de formación, capacitacion y asistencia a sus asociados de conformidad con el fin primordial de El Club; g) Promover y dirigir actividades de tipo cultural y social relacionadas con los vehiculos cuatro por cuatro (4x4), tales como exposiciones, desfiles, competencias y concursos de todo tipo de vehiculos cuatro por cuatro (4x4); h) Proyectar una imagen social, turistica y cultural de Guatemala a nivel nacional e internacional; i) Compartir, disfrutar y conocer la fauna, flora y geografia, creando una conciencia ambiental; j) Cualquier otro fin licito que tienda a la superacion gremial, socia y cultural de los asociados en relacion con el fin primordial de El Club; k) Colaborar con otras organizaciones que pueda ayudar a El Club a lograr sus metas; l) Guiar, capacitar y proveer información acerca de los vehiculos, innovaciones mecanicas, tecnicas de manejo y recuperacion; m) Organizar actividades familiares, recreativas y competitivas dentro del deporte; n) Mantener un alto nivel de moral y etica dentro y fuera de las actividades de El Club. ARTICULO SIETE. Principios: El Club se regirá bajo los siguientes principios: a) Fomento de la solidaridad y cooperación entre los Asociados; b) Libre asociación y retiro voluntario; c) Igualdad de derechos y obligaciones entre sus miembros. ARTICULO OCHO. Ejecucion de Proyectos: Para la ejecución de proyectos, la Asociacion contara con la participación activa y contribución de sus asociados, los financiamientos, donaciones y subvenciones qu se obtuvieren de entidades publicas o privadas, nacionales o extranjeras, asi como cualesquiera otros bienes, derechos o acciones qu se adquieran a titulo gratuito u oneroso, siempre que con ello no se limite la autonomía funcional de la Asociacion. CAPITULO SEGUNO: DE LOS ASOCIADOS. ARTICULO NUEVE. De los Asociados: Son miembros de El Club a)Los miembros fundadores; b)Miembros activos: las personas cuya solicitud de ingreso sea aceptada por la Junta Directiva y que cumplan con los requisitos establecidos en los Estatutos, Reglamentos y otras disposiciones aprobadas por la Asamblea General; y, c) Miembros honorarios de El Club. Los Miembros fundadores dan por sentado que son miembros activos ordinarios. Asi mismo deben pagar la cuota anual. ARTICULO DIEZ. Requisitos de Ingreso: Para ser miembro del El Club se requiere: a) Ser mayor de edad: personas menores de edad que deseen aplicar para ser miembros, deben presentar una autorización firmada por sus padres o representantes legales, la que además deberá contener legalización del menor de edad de que se trate; b) Estar en el pleno goce de sus facultades mentales y volitivas; c)Poseer un vehiculo de los denominados “cuatro por cuatro (4x4)”; d) Tener interés especial en dichos vehículos y actividades; e) Tener la recomendación o aval de dos de los asociados ya inscritos, y f) Pagar la cuota de inscripción y demás contribuciones establecidas por la Asamblea General; g) Poseer licencia vigente; h)tener asegurado el vehiculo(por lo menos de daños contra terceros); i)en casos excepcionales y sujetos a la aprobación de la mayoría de los directivos de El Club, podrán ser admitidos, como miembros honorarios, personas que no posean un vehiculo 4x4. ARTICULO ONCE. Derechos: Son derechos de los asociados: a) elegir y ser electos para desempeñar cualquier cargo en la Asociacion; b) tener voz y voto en las sesiones de la Asamblea General de El Club; c)tener acceso a la información de los asuntos que se refieran a El Club; d) ser beneficiarios de los servicios que presta la Asociacion siempre que se ajuste a los Estatutos y Reglamentos establecidos; e) Representar a otro asociado en las sesiones de la Asamblea General; f) Hacer ponencias y solicitudes ante los órganos de la Asociacion; y g) Asistir a las sesiones de la Junta Directiva y participar en las mismas con voz, pero sin derecho a Voto, a excepción que sea miembro electo de dicha Junta Directiva. ARTICULO DOCE. Deberes: son deberes de los Asociados: a) cumplir y hacer que se cumplan los Estatutos, Reglamentos y demas disposiciones adoptadas de conformidad con los mismos; b) concurrir a las reuniones y demás actividades a las que sean convocados; c) desempeñar con el mas alto grado de responsabilidad los cargos y comisiones que se les confíen; d) cooperar responsablemente para que el desarrollo de los fines y actividades de El Club sea siempre exitosa; y e) pagar las cuotas ordinarias y extraordinarias que establezca la Asamblea General. CAPITULO TERCERO: DE LAS ESTRUCTURA ORGANICA. ARTICULO TRECE. Organos: Son órganos de El Club; a) La Asamblea General; b) La Junta Directiva. ARTICULO CATORCE. Asamblea General: La Asamblea General es la autoridad máxima de El Club y se integra con todos los asociados activos. ARTICULO QUINCE. Sesiones de la Asamblea General: La Asamblea General se reunirá dos veces al año en Sesion General Ordinaria, determinándose que una de ellas se celebrara dentro los noventa días después del cierre del ejercicio contable, y la otra cuando lo determine la Junta Directiva, y en Sesion General Estraordinaria las veces que sea necesario, cuando la Junta Directiva lo estimen conveniente, con un voto de mayoría simple o cuando asi lo soliciten por lo menos el veinte por ciento de los asociados activos. ARTICULO DIECISEIS. Convocatoria: La convocatoria se hara por escrito a cada asociado, indicándose el carácter de la sesión, la fecha, hora y lugar de la misma. Si se tratare de una Asamblea Extraordinaria, deberá indicarse también la agenda a tratar. ARTICULO DIECISIETE. Resoluciones: Las resoluciones que se tomen en la Asamblea General, serán obligatorias para todos los aasociados, aun cuando hubiesen votado en contra o no hubiesen asistido, siempre que se ajusten a la ley y a los presentes estatutos. Las resoluciones se tomaran por mayoría simple de votos de los asociados activos presentes y representados en la sesión. Todas las resoluciones de las Asableas Generales, siempe que se ajusten a la ley y a los presentes estatutos, tienen carácter obligatorio para todos los asociados, quienes no podrán alegar desconocimiento por no haber asistido a la sesión o haber votado en contra. ARTICULO DIECIOCHO. Quorom: Para que una sesión de la Asablea General sea considerada valida, es necesario que se encuentren presentes o representados la mitad mas uno del total de los asociados activos. La Junta Directiva constatara la presencia del quórum antes del inicio de la sesión. Si en la fecha y hora señaladas en la convocatoria no se hubiere reunido el quórum necesario para su celebración, la misma se celebrara válidamente en el mismo lugar, una hora mas tarde, con los asociados presentes y representados que asistan. Las Asambleas Generales se celebraran en la sede de El Club o en el lugar qu se designe en la convocatoria. ARTICULO DIECINUEVE. Atribuciones de la Asamblea General Ordinaria: Corresponde a la Asamblea General Ordinaria: a) Elegir a los miembros de la Junta Directiva; b) Establecer las cuotas ordinarias y extraordinarias que deban pagar los asociados; c) Conocer, aprobar y rechazar los informes relativos a las actividades realizadas, estados contables y Financieros, planes de trabajo y presupuestos que le presente la Junta Directiva; d) Resolver sobre las impugnaciones que se presenten en contra de los actos y resoluciones de la Junta Directiva y demás órganos de El Club; e) Adoptar las desiciones que sean necesarias y oportunas para la realización de las actividades de El Club; f) Recibir la memoria anual de labores presentada por la Junta Directiva; y g) Aquellas otras que le correspondan de acuerdo a su calidad de máxima autoridad de El Club. ARTICULO VEINTE. Atribuciones de la Asamblea General Extraordinaria: Son atribuciones de la Asamblea General Extraordinaria: a) Autorizar la enajenación, gravamen o arrendamiento de cualquier bien o derecho de El Club; b) Acordar la reforma de los presentes estatutos y reglamentos; c) Aprobar los reglamentos que sean necesarios para la buena marcha de los asuntos de El Club; d)Acordar la disolución y liquidación de El Club; e) Resolver aquellos asuntos que, por su importancia no puedan ser pospuestos hasta la celebración de la próxima sesión ordinaria de la Asamblea General; y f) Llenar las vacantes que se produzcan entre los Vocales de la Junta Directiva, designando a los asociados que deben ocuparlas. ARTICULO VEINTIUNO. Representaciones: El asociado activo que por causa justa comprobable no pueda asistir a la Asamblea General, tiene derecho a ser representado por otro asociado activo. Dicha representación deberá constar por escrito, haciendo ver el motivo de la ausencia. El asociado activo representante, no podrá ejercer mas de una representación. ARTICULO VEINTIDOS. De la Junta Directiva: La Junta Directiva se integra por los siguiente cargos: a) Presidente; b) Vicepresidente; c) Secretario; d) Tesorero; y e) tres Vocales, en su orden, del primero al tercero. ARTICULO VENTITRES. Eleccion: El sistema de eleccion para integrar Junta Directiva sera por cargos o por planilla, según decida la Asamblea General y sera en forma secreta, resultando electos quienes obtengan mayoria simple de votos, es decir el cincuenta y uno por ciento total de asociados presente y representados con derecho a voto, quedando prohibida la eleccion de dos o mas familiares dentro de la integración de la nueva Junta Directiva electa. ARTICULO VEINTICUATRO. Toma de Posesion: La Junta Directiva electa tomara posesion a mas tardar quince dias después de la fecha de eleccion o bien podra hacerlo a continuación del acto de eleccion. ARTICULO VEINTICINCO. Duracion de los cargos: Los miembros de la Junta Directiva ocuparan los cargos para los que fueron electos por dos años, pudiendo ser reelectos por un periodo mas. ARTICULO VEINTISEIS. Sesiones: La Junta Directiva se reunira ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuando sea necesario. Para que dichas sesiones puedan celebrarse validamente, es necesaria la presencia de la mayoria de sus miembros. ARTICULO VEINTISIETE. Resoluciones: Todas las resoluciones de la Junta Directiva deberan tomarse por mayoria simple de votos, es decir el cincuenta y uno por ciento del total de asociados presentes y representados con derecho a voto. En caso de empate, quien presida tendra doble voto. ARTICULO VEINTIOCHO. Atribuciones: Son atribuciones de la Junta Directiva; a) Cumplir y hacer que se cumplan los Estatutos, Reglamentos, disposiciones y resoluciones adoptadas por la Asamblea General; b) Dirigir la administración de El Club; c) Disponer todo lo relativo con la contratación, funciones y regimen del personal administrativo de El Club; d) Designar las personas que se determine puedan ser Mandatorios Especiales con o sin representación; e) Administrar el patrimonio de El Club y autorizar los gastos que implique el funcionamiento del mismo; f) Aceptar herencias, legados y donaciones; g) Promover actividades para ampliar los programas de El Club; h) Elaborar el plan de trabajo y presupuesto anual, asi como los informes sobre las actividades realizadas y los estados financieros y contables de El Club para someterlos a consideración de la Asamblea General; i) Promover actividades para mantener y ampliar los programas de El Club; j) Conocer lo relativo a las faltas cometidas por los asociados para la aplicación de las medidas disciplinarias correspondientes; y k) Otras que disponga la Asamblea General en su calidad de organo administrador de El Club. ARTICULO VEINTINUEVE. Funciones o Atribuciones del Presidente: Son funciones o atribuciones del Presidente de la Junta Directiva; a) Representar legalmente a la Asociacion ejerciendo su personeria juridica; b) Presidir las sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva; c) Autorizar con el Secretario las actas de las sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva; c) Autorizar con el Secretario las actas de las sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva; d) Autorizar con el Tesorero todos los pagos que se efectúen; e) Ejercer doble voto en caso de empate en las decisiones de Junta Directiva y Asamblea General; f) Otorgar mandatos especiales cuando asi lo autorice la Junta Directiva; y g) Aquellas otras que le asigne especialmente la Junta Directiva. ARTICULO TREINTA. Funciones o Atribuciones del Vicepresidente: Son atribuciones o funciones del Vicepresidente: a) Sustituir al presidente en los casos de impedimento o ausencia temporal y completar el tiempo de mandato del presidente, en caso de ausencia definitiva; b) Las mismas del Presidente cuando lo sustituya, y c) Colaborar con el Presidente en el desempeño de sus funciones. ARTICULO TREINTA Y UNO. Funciones o Atribuciones del Secretario: El Secretario de la Junta Directiva lo sera tambien de la Asamblea General y tendra las siguientes atribuciones: a) Llevar y conservar los libros de las actas de las sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva, y preparar la documentación que se refiera a las mismas, asi cmo atender la correspondencia en general; b) Redactar y autorizar con el Presidente las actas de la Asamblea Genreal y de la Junta Directiva; en las actas de las Asambleas Generales debera hacer constar como minimo lo siguiente: 1.- La agenda y la forma como se aprobaron los puntos; 2.- Lugar, dia y hora de la Asamblea; 3.- Los nombres de los asociados presentes o representados, 4.- La totalidad de asociados activos de El Club y el porcentaje de los presentes o representados; 5.- La forma de votacion y el numero de votaciones en los casos sometidos a votacion. c) Notificar los acuerdos de la Asamblea General y de la Junta Directiva; d) Elaborar y someter a aprobación de la Junta Directiva el informe anual de labores, preparar y enviar la convocatoria para las sesiones de Junta Directiva y de Asamblea General y e) Cualquier otra relacionada con su cargo. ARTICULO TREINTA Y DOS. Funciones o Atribuciones del Tesorero: Son atribuciones del Tesorero: a) Recaudar y custodiar los fondos de El Club en la forma que disponga la Asamblea General y la Junta Directiva; b) Autorizar con el Presidente, los pagos que se efectúen y disponer lo relativo al pago de las erogaciones acordadas por la Asamblea General o por la Junta Directiva; c) Elaborar el informe mensual del movimiento de caja a la Junta Directiva y el Informe financiero anual para ser presentado a la Asamblea General con el visto bueno de la Junta Directiva, asi como elaborar el proyecto de presupuesto anual para el conocimiento de la Junta Directiva y aprobación de la Asamblea General; y d) Elaborar y mantener actualizado el inventario de los bienes de El Club. ARTICULO TREINTA Y TRES. Funciones o Atribuciones de los Vocales: Son atribuciones de los Vocales: a) Colaborar con los demas miembros de la Junta Directiva en la promocion de los asuntos de El Club; b) Sustituir por su orden a los miembros de la Junta Directiva en caso de impedimento o ausencia temporal o definitiva de estos, excepto al Presidente, quien sera sustituido por el Vicepresidente; y c) Desempeñar las tareas o funciones especificas que les encomiende la Asamblea General o la Junta Directiva en cumplimiento de los presentes Estatutos y Reglamentos y para el mejor desarrollo de los fines de El Club. ARTICULO TREINTA Y CUATRO. Integracion:....a ser transcrita.

PS.
ATENCION SR. ADMINISTRADOR DEL FORO, ESTE POST SI ES NECESARIO FIJARLO ENCIMA DE EL REGLAMENTO DEL CLUB.

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Re: ESTATUTOS DE EL CLUB AVENTURA 4X4 DE GUATEMALA

Notapor rangie » 29 Dic 2012, 01:50

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Re: ESTATUTOS DE EL CLUB AVENTURA 4X4 DE GUATEMALA

Notapor ADRIAN.ZAMORA » 29 Dic 2012, 06:44

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